BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS › DERECHOS FUNDAMENTALES Y GARANTÍAS › DERECHOS SOCIALES Y ECONÓMICOS › DERECHO A LA PROPIEDAD
Texto oficial
I. Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que ésta cumpla una función social. II. Se garantiza la propiedad privada siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo. III. Se garantiza el derecho a la sucesión hereditaria.
En palabras sencillas
Toda persona puede tener propiedad individual o colectiva y recibir una herencia. La propiedad debe cumplir una función social y no perjudicar a la comunidad.
Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia, Constitución Política del Estado, 7 de febrero de 2009. Página inicial del artículo en el PDF: 16.
Esta explicación busca facilitar la comprensión ciudadana. No reemplaza el texto oficial ni constituye una interpretación jurídica.
