BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS › DERECHOS FUNDAMENTALES Y GARANTÍAS › EDUCACIÓN, INTERCULTURALIDAD Y DERECHOS CULTURALES › EDUCACIÓN
Texto oficial
En los centros educativos se reconocerá y garantizará la libertad de conciencia y de fe y de la enseñanza de religión, así como la espiritualidad de las naciones y pueblos indígena originario
campesinos, y se fomentará el respeto y la convivencia mutua entre las personas con diversas opciones religiosas, sin imposición dogmática. En estos centros no se discriminará en la aceptación y permanencia de las alumnas y los alumnos por su opción religiosa.
En palabras sencillas
Explicación en revisión editorial.
Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia, Constitución Política del Estado, 7 de febrero de 2009. Página inicial del artículo en el PDF: 21.
Contenido educativo. No sustituye asesoramiento jurídico.
