Artículo 112 de la CPE

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Texto oficial

Los delitos cometidos por servidores públicos que atenten contra el patrimonio del Estado y causen grave daño económico, son imprescriptibles y no admiten régimen de inmunidad.

En palabras sencillas

Los delitos de servidores públicos que causen grave daño económico al patrimonio estatal pueden juzgarse sin límite de tiempo y sin inmunidad.

Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia, Constitución Política del Estado, 7 de febrero de 2009. Página inicial del artículo en el PDF: 28.

Esta explicación busca facilitar la comprensión ciudadana. No reemplaza el texto oficial ni constituye una interpretación jurídica.

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