Artículo 246 de la CPE

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ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DEL ESTADO › FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA BOLIVIANA › FUERZAS ARMADAS

Texto oficial

I. Las Fuerzas Armadas dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado y reciben sus órdenes, en lo administrativo, por intermedio de la Ministra o del Ministro de Defensa y en lo técnico, del Comandante en Jefe.

II. En caso de guerra, el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas dirigirá las operaciones.

En palabras sencillas

Las Fuerzas Armadas dependen del Presidente y reciben órdenes administrativas mediante el Ministro de Defensa y órdenes técnicas del Comandante en Jefe. Durante una guerra, este último dirige las operaciones.

Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia, Constitución Política del Estado, 7 de febrero de 2009. Página inicial del artículo en el PDF: 64.

Esta explicación busca facilitar la comprensión ciudadana. No reemplaza el texto oficial ni constituye una interpretación jurídica.

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