Artículo 326 de la CPE

Escrito por

en

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO › ORGANIZACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO › POLÍTICAS ECONÓMICAS › POLÍTICA MONETARIA

Texto oficial

I. El Estado, a través del Órgano Ejecutivo, determinará los objetivos de la política monetaria y cambiaria del país, en coordinación con el Banco Central de Bolivia. II. Las transacciones públicas en el país se realizarán en moneda nacional.

En palabras sencillas

El Ejecutivo define con el Banco Central la política monetaria y cambiaria. Las operaciones públicas dentro de Bolivia deben realizarse en moneda nacional.

Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia, Constitución Política del Estado, 7 de febrero de 2009. Página inicial del artículo en el PDF: 91.

Esta explicación busca facilitar la comprensión ciudadana. No reemplaza el texto oficial ni constituye una interpretación jurídica.

Comparte este artículo:WhatsAppFacebookTelegramX