Artículo 390 de la CPE

Escrito por

en

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO › MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES, TIERRA Y TERRITORIO › AMAZONIA

Texto oficial

I. La cuenca amazónica boliviana constituye un espacio estratégico de especial protección para el desarrollo integral del país por su elevada sensibilidad ambiental, biodiversidad existente, recursos hídricos y por las ecoregiones.

II. La amazonia boliviana comprende la totalidad del departamento de Pando, la provincia Iturralde del departamento de La Paz y las provincias Vaca Díez y Ballivián del departamento del Beni. El desarrollo integral de la amazonia boliviana, como espacio territorial selvático de bosques húmedos tropicales, de acuerdo a sus específicas características de riqueza forestal extractiva y recolectora, se regirá por ley especial en beneficio de la región y del país.

En palabras sencillas

Explicación en revisión editorial.

Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia, Constitución Política del Estado, 7 de febrero de 2009. Página inicial del artículo en el PDF: 104.

Contenido educativo. No sustituye asesoramiento jurídico.

Comparte este artículo:WhatsAppFacebookTelegramX