Artículo 296 de la CPE

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ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO › ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO › AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA

Texto oficial

El gobierno de las autonomías indígena originario campesinas se ejercerá a través de sus propias normas y formas de organización, con la denominación que corresponda a cada pueblo, nación o comunidad, establecidas en sus estatutos y en sujeción a la Constitución y a la Ley.

En palabras sencillas

Explicación en revisión editorial.

Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia, Constitución Política del Estado, 7 de febrero de 2009. Página inicial del artículo en el PDF: 74.

Contenido educativo. No sustituye asesoramiento jurídico.

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